El invierno en la región de Nueva York es capaz de ofrecer paisajes de una belleza cinematográfica, pero detrás de esa estética se esconde una de las estaciones más implacables y peligrosas para los ciudadanos. Mientras que las aceras cubiertas de blanco, las escaleras con escarcha y los estacionamientos congelados se convierten en elementos habituales del entorno desde finales de noviembre hasta los inicios de la primavera, estas condiciones climáticas también actúan como los principales detonantes de miles de accidentes por resbalones y caídas cada año.
Aunque en el pasado cualquiera pudiera considerar que esto es algo casual y que no tiene ninguna implicación, la realidad es que una persona que funge como propietario, arrendador o dueño de un negocio, deben blindarse frente a la posibilidad de una demanda por caída o afectación de parte de un tercero, en caso de que la nieve esté en grandes niveles en su espacio.
Esta guía exhaustiva tiene como objetivo analizar detalladamente los riesgos invernales, las leyes de responsabilidad de los locales (premises liability) y los aspectos fundamentales que tanto propietarios como víctimas deben conocer sobre las reclamaciones por accidentes de este tipo.
¿Por qué los peligros invernales en las propiedades son tan críticos?
A diferencia de otros riesgos estructurales en una propiedad —como un escalón roto o una alfombra mal colocada—, los peligros relacionados con el clima invernal tienen la particularidad de ser sumamente dinámicos y volátiles. Se desarrollan con una rapidez asombrosa y cambian de naturaleza según la fluctuación de la temperatura. Por ejemplo, una sección de la acera que se percibe totalmente segura bajo la luz del sol del mediodía puede transmutar en una superficie mortalmente resbaladiza apenas unos minutos después de la puesta del sol.
Un elemento que no deja de ser peligroso es la recongelación de la nieve derretida, y la nueva nieve compactada en un tránsito peatonal. Por lo tanto, el dueño o responsable de un sitio, debe estar en constante verificación de que todo está siendo removido o custodiado de la manera correcta.
La caída común en un tiempo de otoño, puede generar lesiones de alta gravedad en invierno. A continuación, algunos ejemplos:
- Fracturas complejas en muñecas, caderas y tobillos.
- Traumatismos craneoencefálicos y conmociones cerebrales severas.
- Lesiones en la médula espinal y discos vertebrales.
- Desgarros de ligamentos en rodillas y luxaciones de hombro.
- Daños extensos en tejidos blandos que requieren rehabilitación prolongada.
Cuando la víctima es un adulto mayor, el riesgo se multiplica exponencialmente; en este grupo demográfico, incluso una caída que parezca menor puede comprometer su autonomía de forma permanente o derivar en complicaciones fatales.
Los fundamentos de la responsabilidad por nieve y hielo en Nueva York
Si usted es propietario y se enfrenta a una demanda porque alguien resbaló en su propiedad, es vital que comprenda los pilares de la Ley de Responsabilidad de los Locales de Nueva York. El principio básico es el deber de cuidado (duty of care).
Aquellos que poseen un lugar en particular, disponen de una obligación legal para tomar medidas razonables para asegurar que un entorno sea seguro. Ahora bien, hay que tomar en cuenta que el hecho de que alguien se caiga, no necesariamente será traducido en una demanda.
Para lograr no ser demandado, el usuario debe demostrar que:
- Existencia de una condición peligrosa: Se debe probar que el estado de la propiedad representaba un riesgo real y no era simplemente una molestia menor.
- Creación o conocimiento del riesgo: Se debe demostrar que usted, como dueño, o bien causó la condición peligrosa (por ejemplo, mediante una limpieza negligente) o bien sabía de su existencia y no hizo nada para remediarla.
- La Notificación Presuntiva (Constructive Notice): Este es quizás el punto más debatido en los litigios de invierno.
El concepto determinante de la Notificación Presuntiva
En el ámbito legal, la «Notificación Presuntiva» es el factor que decide el éxito o fracaso de la mayoría de las demandas por resbalones y caídas. Este concepto establece que una condición peligrosa existió durante un periodo de tiempo lo suficientemente prolongado como para que un propietario diligente y razonable la hubiera descubierto y corregido mediante inspecciones periódicas.
Por lo tanto, no se puede haber una excusa de “No sabía que existía hielo”, si el tiempo es prolongado. Si un accidente ocurre 10minutos después de una acumulación de nieve importante, en una hora fuera de horario laboral, es improbable predecir lo que puede ocurrir.
La Doctrina de la Negligencia Contributiva
Nueva York se rige por el sistema de negligencia contributiva. Esto significa que la conducta del accidentado también se somete a escrutinio. Si un peatón decide caminar mientras escribe mensajes de texto en su teléfono, ignora deliberadamente conos de seguridad o transita con calzado inapropiado durante una tormenta de nieve severa, un jurado puede determinar que la persona es parcialmente responsable de sus propias lesiones.
Aunque si puede existir una demanda, en caso de existir corresponsabilidad, la culpa puede reducir hasta en 70% la responsabilidad.
La Doctrina de «Tormenta en Curso» (Storm in Progress)
Una de las protecciones más importantes para los propietarios es la doctrina de «Tormenta en Curso». Nueva York reconoce que es físicamente imposible y peligroso obligar a un propietario a mantener las superficies libres de nieve mientras la tormenta aún se está desarrollando.
Bajo esta doctrina, el deber de un propietario de despejar la nieve y tratar el hielo no comienza formalmente sino hasta que transcurra un «tiempo razonable» después de que la tormenta haya cesado por completo.
El impacto crítico del Código Administrativo de NYC § 7-210
En la Ciudad de Nueva York, el panorama legal cambió drásticamente con la implementación del Código Administrativo § 7-210. Antes de esta norma, el municipio solía ser el responsable de la mayoría de los accidentes ocurridos en las aceras públicas. Con la reforma, esa responsabilidad se transfirió casi en su totalidad a los propietarios de los inmuebles colindantes.
Hoy en día, si usted es dueño de una propiedad comercial o de un edificio residencial que cuenta con más de tres unidades de vivienda, usted es el responsable legal de mantener la acera que bordea su propiedad en un estado razonablemente seguro. Esta obligación es integral: debe eliminar la nieve, el hielo y cualquier residuo que dificulte el paso. El incumplimiento de esta norma no solo le expone a demandas civiles, sino también a sanciones administrativas por parte del Departamento de Saneamiento de Nueva York (DSNY).

Cronogramas de remoción de nieve según el DSNY
El Departamento de Saneamiento de la ciudad no utiliza términos ambiguos para definir qué es un «tiempo razonable». Existen plazos estrictos y específicos que todos los propietarios deben seguir para evitar multas:
- Cese de nieve entre las 7:00 AM y las 4:59 PM: El propietario dispone de un margen de cuatro horas para limpiar la acera tras el final de la nevada.
- Cese de nieve entre las 5:00 PM y las 8:59 PM: La limpieza debe completarse en un plazo de 14 horas.
- Cese de nieve entre las 9:00 PM y las 6:59 AM: Los propietarios tienen hasta las 11:00 AM del día siguiente para cumplir con su obligación.
Ignorar estos plazos puede resultar en multas que se incrementan con cada reincidencia.
¿Sobre quién recae la responsabilidad legal?
La identificación del responsable depende de la naturaleza de la propiedad y del control que se ejerza sobre ella:
- Propietarios de viviendas unifamiliares: Generalmente responden por la falta de limpieza en los caminos de entrada (driveways), aceras frontales y escaleras que son utilizadas por visitantes, repartidores o vecinos.
- Arrendadores y Dueños de Edificios (Landlords): Tienen la obligación ineludible de mantener seguras las áreas comunes, como vestíbulos, entradas principales, escaleras de emergencia y las aceras perimetrales.
- Propietarios de Inmuebles Comerciales: Los negocios tienen una carga de responsabilidad alta, ya que invitan activamente al público a ingresar. Deben asegurar estacionamientos, rampas de acceso para discapacitados y zonas de carga y descarga.
La disputa de responsabilidad: Arrendador vs. Inquilino
Un área de constante fricción legal en Nueva York es quién debe palear la nieve: el dueño o el inquilino. Es muy común que en los contratos de alquiler de casas unifamiliares se incluya una cláusula que obligue al inquilino a encargarse del mantenimiento invernal. Sin embargo, es vital que los propietarios entiendan que los acuerdos contractuales privados no anulan las leyes estatales de seguridad. Sin embargo, esto no lo absuelve de limitaciones legales a futuro.
Peligros que persisten tras la nevada inicial
Muchos propietarios son diligentes al palear inmediatamente después de que deja de nevar. Sin embargo, los riesgos más insidiosos suelen manifestarse entre 24 y 48 horas después de la tormenta, debido a factores estructurales y climáticos que van más allá de la nieve fresca.
- El ciclo de deshielo y recongelación. Cuando el sol convierte en agua la nieve, y luego se vuelve hielo en la noche y genera accidente, los tribunales acusan al responsable de no prever esta situación.
- La amenaza del Hielo Negro. A diferencia de lo que sugiere su nombre, el hielo negro es en realidad transparente. Su peligrosidad radica en que permite que se vea el color oscuro del asfalto o el concreto debajo de él.
- Canaletas defectuosas y fallos estructurales. Cuando el accidente lo genera el mal estado del edificio, el tema de la nevada no interesa tanto, sino la responsabilidad del accidente.
¿Qué hacer tras un accidente por resbalón en invierno?
Si usted sufre una caída sobre hielo en Nueva York, tiene derecho a buscar compensación, pero el éxito de su caso dependerá de las acciones que tome de inmediato:
- Atención Médica Urgente.
- Reporte el Incidente.
- Evidencia Fotográfica: Este paso es crucial.
- Testigos.
- Asesoría Legal.
¿Por qué estas reclamaciones son tan complejas?
Los casos de nieve y hielo rara vez son sencillos. Las compañías de seguros cuentan con equipos legales especializados en minimizar su responsabilidad. Utilizarán argumentos contradictorios: por un lado, dirán que «el peligro era tan obvio que usted debió evitarlo», y por otro alegarán que «era tan invisible que el dueño no pudo haber sabido que estaba allí».
Conclusión
La seguridad en los entornos invernales de Nueva York es una responsabilidad compartida, pero la ley pone una carga significativa sobre los hombros de los propietarios. Mantener las vías de tránsito libres de obstáculos congelados no solo es una obligación legal, sino una medida esencial para evitar tragedias humanas y desastres financieros.
Es importante que, en caso de portar un negocio o propiedad, se tenga dentro de su presupuesto, la atención inmediata a las nevadas inesperadas que ocurren durante el invierno en Nueva York. No hay mejor forma de evitar demandas, que mediante la precaución.

